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    1. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Segundo informe temático del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, Maina Kiai. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/23/39. 24 de abril de 2013; párrafo 8(e).
    2. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Segundo informe temático del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, Maina Kiai. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/23/39. 24 de abril de 2013; párrafo 10.
    3. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Segundo informe temático del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, Maina Kiai. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/23/39. 24 de abril de 2013; párrafo 8.
    4. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Segundo informe temático del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, Maina Kiai. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/23/39. 24 de abril de 2013; párrafo 8.
    5. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Segundo informe temático del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, Maina Kiai. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/23/39. 24 de abril de 2013; párrafo 9.
    6. Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos: Egipto. Documento de las Naciones Unidas CCPR/CO/76/EGY. 28 de noviembre de 2002; párrafo 21.
    7. Ramazanova y otros contra Azerbaiyán. TEDH. Sentencia de 1 de febrero de 2007; párrafo 59.
    8. Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos: Egipto. Documento de las Naciones Unidas CCPR/CO/76/EGY. 28 de noviembre de 2002; párrafo 21.
    9. A mayo de 2017, esa ley sigue vigente en Etiopía.
    10. Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos: Etiopía. Documento de las Naciones Unidas CCPR/C/ETH/CO/1. 19 de agosto de 2011; párrafo 25.
    11. Ramazanova y otros contra Azerbaiyán. TEDH. Sentencia de 1 de febrero de 2007; párrafo 59.
    12. Ramazanova y otros contra Azerbaiyán. TEDH. Sentencia de 1 de febrero de 2007; párrafo 59.
    13. CIDH: Segundo informe sobre la situación de las defensoras y los defensores de derechos humanos en las Américas. OEA/Ser.L/V/II. Documento 66. 31 de diciembre de 2011; párrafo 186.
    14. CIDH: Segundo informe sobre la situación de las defensoras y los defensores de derechos humanos en las Américas. OEA/Ser.L/V/II. Documento 66. 31 de diciembre de 2011; párrafo 185 (se observa que «una situación diversa a la anterior, sería aquella en la cual una organización realizara proselitismo a favor de determinado partido político o candidato a un puesto de participación política, bajo este supuesto, su actividad no estaría protegida por el mencionado estándar»).
    15. Asamblea General de las Naciones Unidas: Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos. Resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas número A/Res/53/144, de 9 de diciembre de 1999 [a la que se hace referencia como «Declaración sobre los Defensores de los Derechos Humanos»); artículo 13 (en este marco, se supone que los Estados van a aprobar leyes que faciliten y no impidan la solicitud, recepción y uso de los recursos).
    16. Asamblea General de las Naciones Unidas: Informe de la Representante Especial del Secretario General sobre los defensores de los derechos humanos, Hina Jilani. Documento de las Naciones Unidas A/59/401; párrafo 82.
    17. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Resolución 22/6. 15 de marzo de 2013; párrafo 9.
    18. Alexander Belyatsky y otros contra Belarús. Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas. Documento de las Naciones Unidas CCPR/C/90/D/1296/2004. 7 de agosto de 2007; párrafo 7.3.
    19. Ezelin contra Francia, TEDH. Sentencia de 26 de abril de 1991; párrafos 21-22 y 45 (con traducción no oficial a español en este enlace).
    20. Zhechev contra Bulgaria. TEDH. Sentencia de 21 de junio de 2007; párrafo 55.
    21. Véase Relator Especial de las Naciones Unidas sobre los Derechos a la Libertad de Reunión Pacífica y de Asociación: Nota informativa para el Gobierno de la India. Análisis de las leyes, normas y principios internacionales aplicables a la Ley de Contribuciones Provenientes del Extranjero de 2010 y los Reglamentos de la Ley de Contribuciones Provenientes del Extranjero de 2011.
    22. Véase Señor Jeong-Eun Lee contra la República de Corea. Comité de Derechos Humanos. Decisión de 20 de julio de 2005. Documento de las Naciones Unidas CCPR/C/84/D/1119/2002, párrafo 7.2.
    23. Partido Nacionalista Vasco – Organización Regional de Iparralde contra Francia. TEDH. Sentencia de 7 de junio de 2007; párrafo 47.
    24. Partido Nacionalista Vasco – Organización Regional de Iparralde contra Francia. TEDH. Sentencia de 7 de junio de 2007; párrafo 43.
    25. Zhechev contra Bulgaria. TEDH. Sentencia de 21 de junio de 2007; párrafo 55.
    26. CIDH: Segundo informe sobre la situación de las defensoras y los defensores de derechos humanos en las Américas. OEA/Ser.L/V/II. Documento 66. 31 de diciembre de 2011; párrafo 185.
    27. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 31.
    28. Delegación de Moscú del Ejército de Salvación contra Rusia. TEDH. Sentencia de 5 de octubre de 2006; párrafo 86. Véase también Partido de los Comunistas (Nepecerişti) y Ungureanu contra Rumania. TEDH. Sentencia de 2 de febrero de 2005; párrafo 49.