Communications
report
Feb. 28, 2017

Colombia Communications: May 1, 2011 to February 28, 2017

Colombia_flagThis page summarizes cases raised with Colombia by the Special Rapporteur between May 1, 2011, (when the Special Rapporteur took up his functions) and February 28, 2017 (the date of the last public release of communications). Communications are released to the public once per year. This page also contains observations on these communications and on responses received from Colombia.

Communications and observations are divided into sections based upon which observation report they originally appeared.

Each communication is referenced as urgent appeal (UA), allegation letter (AL), joint urgent appeal (JUA) and joint allegation letter (JAL) – the hyperlinks lead to these documents. This is followed by the date the communication was issued, as well as the case number and the State reply (also hyperlinked if available).

Summaries and communications are published only in the language of submission (in the case of Colombia, Spanish).

First Report (May 1, 2011 to March 15, 2012)

  1. Joint urgent appeal, 24/11/2011. Case no. COL 10/2011. State Reply: 28/02/2012. Ataque en una residencia de dos personas que podría estar relacionado con su activismo político y de derechos humanos.
  2. Joint urgent appeal, 31/01/2012. Case no. COL 1/2012. State Reply: None to date. Presuntas amenazas de muerte contra varios integrantes del Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado (MOVICE).
  3. Joint urgent appeal, 7/02/2012. Case no. COL 2/2012. State Reply: 06/03/2012. Presuntas amenazas de muerte contra los integrantes de la Corporación Regional para la Defensa de los Derechos Humanos (CREDHOS).

Observaciones
El Relator Especial quiere agradecer las respuestas del Gobierno a las comunicaciones enviadas el pasado 24 de noviembre de 2011 y 7 de febrero de 2012. No obstante, se invita al Gobierno a responder con urgencia a la comunicación pendiente, relacionada con presuntas amenazas de muerte contra varios integrantes del Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado (MOVICE). En este sentido, se reitera la necesidad por llevar a cabo investigaciones independientes y efectivas sobre dichas alegaciones, y en su caso, se sancione a los responsables y se repare a las víctimas.

Se reconoce el esfuerzo del Gobierno de Colombia en la protección de las personas mencionadas en los llamamientos urgentes con fecha 24 de noviembre de 2011 y 7 de febrero de 2012. En este sentido, se les acompaña en su determinación para garantizar que dichas personas puedan efectivamente disfrutar de sus derechos a las libertades de asociación, reunión pacífica y expresión.

El Relator Especial desea expresar su gran preocupación por las alegaciones recibidas de actos de hostigamiento contra activistas y amenazas de muerte contra miembros de asociaciones, incluyendo en este caso a los integrantes de la Corporación Regional para la Defensa de los Derechos Humanos (CREDHOS) y varios integrantes del Movimiento de Víctimas de Crímenes de Estado (MOVICE). En este sentido, el Relator Especial quiere recomendar al Gobierno que intensifique sus esfuerzos en vistas a crear un persona ejercer su derecho legítimo a la libertad de asociación y reunión pacífica.

Se reitera a su vez el contenido del párrafo operativo 1 de la resolución 15/21 del Consejo de Derechos humanos donde se “[e]xhorta a los Estados a que respeten y protejan plenamente el derecho de todas las personas a la libertad de reunión y de asociación pacíficas, incluso en el contexto de unas elecciones, y con inclusión de las personas que abracen convicciones o creencias minoritarias o disidentes, los defensores de los derechos humanos, las personas afiliadas a sindicatos y las demás personas, incluidos los migrantes, que traten de ejercer o promover esos derechos, y a que adopten todas las medidas necesarias para asegurar que cualquier restricción del libre ejercicio del derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas sea conforme con las obligaciones que les incumben en virtud de las normas internacionales de derechos humanos”.

Second Report (March 16, 2012 to February 28, 2013)

  1. Joint urgent appeal, 10/05/2012. Case no. COL 5/2012. State Reply: 22/05/2012. Presunta desaparición forzada.
  2. Joint urgent appeal, 30/05/2012. Case no. COL 6/2012. State Reply: 23/10/2012. Presuntas amenazas de muerte, seguimientos y agresiones en contra de defensores de derechos humanos.
  3. Joint urgent appeal, 11/09/2012. Case no. COL 11/2012. State Reply: None to date. Alegaciones de actos de acoso e intimidación contra miembros de la Unión Sindical Obrera de la Industria del Petróleo (USO).
  4. Joint urgent appeal, 14/09/2012. Case no. COL 10/2012. State Reply: None to date. Presunta amenaza de muerte contra defensores de los derechos humanos.
  5. Joint allegation letter, 02/10/2012. Case no. COL 12/2012. State Replies: 30/10/2012 and 30/10/2012. Posible adopción por el Congreso de la República del “Proyecto de acto legislativo por el cual se reforman los artículos 116, 152 y 221 de la Constitución Política de Colombia” (Fuero Penal Militar), el cual podría afectar seriamente el Estado de Derecho y la lucha contra la impunidad en Colombia.
  6. Joint urgent appeal, 17/12/2012. Case no. COL 13/2012. State Reply: None to date. Presunto asesinato de un defensor de los derechos de las víctimas y alegaciones de una ola creciente de amenazas y actos de intimidación contra defensores de los derechos de las víctimas y sus familiares.
  7. Joint allegation letter, 29/01/2013. Case no. COL 1/2013. State Reply: None during the reporting period. Presunto asesinato, actos de intimidación y acoso, incluyendo amenazas de muerte y malos tratos de activistas sindicales.
  8. Joint urgent appeal, 15/02/2013. Case no. COL 3/2013. State Reply: 03/04/2013. Alegaciones de un atentado contra la vida de un sacerdote y defensor de derechos humanos.

Observaciones
El Relator Especial quiere agradecer las respuestas del Gobierno a cuatro de las ocho comunicaciones enviadas durante el periodo del presente informe, incluyendo un comunicado hecho público conjuntamente con otros expertos independientes de la ONU el 22 de octubre de 2012 sobre el proyecto de acto legislativo respecto al fuero penal militar.

No obstante, el Relator invita al Gobierno a responder con urgencia a las comunicaciones pendientes, en especial a la relacionada con los presuntos asesinatos del Sr. Miller Angulo y la Sra. Rosa Helena Bernal Pinto. En este sentido, se considera que las alegaciones son muy serias y se reitera la necesidad por llevar a cabo investigaciones independientes y efectivas sobre dichas alegaciones, y en su caso, sancionar a los responsables y ofrezcer reparación adecuada a los familiares de las víctimas.

Se reconoce el esfuerzo del Gobierno de Colombia en la protección de algunas de las personas mencionadas en los llamamientos urgentes. En este sentido, se le anima en su determinación de garantizar que dichas personas puedan disfrutar efectivamente de sus derechos y libertades de asociación, reunión pacífica y expresión.

El Relator Especial desea reiterar su preocupación por las serias alegaciones recibidas de actos de hostigamiento contra activistas y amenazas de muerte contra miembros de asociaciones, incluyendo a integrantes de la asociación Women‟s Link Worldwide, a miembros de la Unión Sindical Obrera (USO) y a abogados trabajando por los derechos de la víctimas de violaciones de derechos humanos, entre otros. En este sentido, el Relator Especial recomienda al Gobierno que intensifique sus esfuerzos en vistas a crear un ambiente seguro y propicio que permita a la sociedad civil expresarse y trabajar libremente así como a toda persona ejercer su derecho legítimo a la libertad de asociación y reunión pacífica.

Se reitera el contenido del párrafo operativo 1 de la Resolución 21/16 del Consejo de Derechos Humanos donde se “[r]ecuerda a los Estados su obligación de respetar y proteger plenamente los derechos de todas las personas a la libertad de reunión pacífica y de asociación por cualquier vía, electrónica o no, también en el contexto de unas elecciones, incluidos los de las personas que abracen convicciones o creencias minoritarias o disidentes, los defensores de los derechos humanos, las personas afiliadas a sindicatos y otras personas, incluidos los migrantes, que traten de ejercer o promover esos derechos, y a que adopten todas las medidas necesarias para asegurar que cualquier restricción al libre ejercicio del derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación sea conforme con las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional de los derechos humanos.”

Third Report (March 1, 2013 to February 28, 2014)

  1. Joint urgent appeal, 01/05/2013. Case no. COL 5/2013. State reply: Ninguna a la fecha. Supuestos ataques, amenazas, actos de intimidación y agresión física contra mujeres defensoras de derechos humanos en las regiones del norte de Colombia.
  2. Joint urgent appeal, 07/06/2013. Case no. COL 6/2013. State reply: Ninguna a la fecha. Presunto robo de información contra miembros de la Fundación Nydia Erika Bautista y actos de hostigamiento contra miembros de la misma organización.
  3. Joint urgent appeal, 02/08/2013. Case no. COL 8/2013. State reply: 14/11/2013. Presuntas amenazas de muerte contra miembros del movimiento de derechos humanos de Barrancabermeja.
  4. Joint urgent appeal, 13/08/2013. Case no. COL 9/2013. State reply: Ninguna a la fecha. Supuestas amenazas de muerte continúas contra sindicalistas en Colombia.
  5. Joint urgent appeal, 13/09/2013. Case no. COL 10/2013. State replies: 14/11/2013, 24/12/2013. Presunto asesinato de un abogado y supuestos actos de intimidación, estigmatización y amenazas de muerte contra abogados en un contexto de ataques contra profesionales del derecho trabajando en casos de violaciones de derechos humanos, incluidas desapariciones forzadas e involuntarias.
  6. Joint allegation letter, 18/11/2013. Case no. COL 11/2013. State replies: 07/01/2014, 23/01/2014. Presuntos asesinatos de tres defensores y defensoras de derechos humanos.
  7. Joint urgent appeal, 27/01/2014. Case no. COL 2/2014. State reply: Ninguna a la fecha. Presunto patrón de asesinatos, ataques, y amenazas de muerte y allanamientos, perpetrados por grupos armados ilegales en contra defensores de derechos humanos trabajando en conexión con el proceso de restitución de tierras en el país.
  8. Joint urgent appeal, 25/02/2014. Case no. COL 3/2014. State reply: Ninguna a la fecha. Presunto patrón de ataques y amenazas de muerte perpetrados por actores no-estatales contra defensores de derechos humanos en Colombia.

Observaciones
El Relator Especial agradece al Gobierno de Colombia las respuestas recibidas a tres de sus ocho comunicaciones durante el periodo del presente informe, y lo invita a responder con urgencia a las comunicaciones pendientes. El Relator Especial considera que las respuestas a sus comunicaciones constituyen una parte esencial de la cooperación de los gobiernos con su mandato, e insta a las autoridades a proporcionar con la menor dilación posible respuestas detalladas a todas las inquietudes planteadas en sus comunicaciones.

El Relator Especial toma nota de la respuesta del Gobierno del 12 de noviembre de 2013 respecto del estado de las investigaciones relativas a las presuntas amenazas de muerte contra miembros del movimiento de derechos humanos en Barrancabermeja, y subraya la importancia de que se lleven a cabo investigaciones prontas e imparciales, que los responsables sean traducidos en justicia y que las víctimas reciban una reparación adecuada.

Se reconoce el esfuerzo del Gobierno de Colombia para garantizar que las personas que ejercen su derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación puedan hacerlo en condiciones de seguridad, incluyendo medidas de protección adoptas en favor de organizaciones que son blancos de amenazas. Sin embargo, el Relator Especial muestra su gran inquietud ante la información recibida relativa al presunto asesinato del abogado Juan Carlos Canizales Ocampo y actos de intimidación y amenazas de muerte contra los abogados José Humberto Torres y Sneither Cifuentes del Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo (CAJAR). Asimismo, expresa grave preocupación por los presuntos asesinatos de la Sra. Adelinda Gómez Gaviria, miembro del Proceso de Mujeres Maciceñas del Comité de Integración del Macizo Colombiano (CIMA), y los Sres. Nelson Giraldo Posada, líder del Movimiento de Ríos Vivos, y César Garcia, miembro del Comité Ambiental Conciencia Campesina y Presidente de la Junta de Acción Comunal de la Vereda, todas organizaciones relacionadas al derecho de acceso a la tierra.

A su vez, el Relator Especial desea manifestar su preocupación por las serias alegaciones recibidas de amenazas de muerte continuas contra sindicalistas y/o miembros de sus familias. En este sentido, desea insistir en el contenido del párrafo operativo 2 de la Resolución 24/5 del Consejo de Derechos Humanos donde se “[r]ecuerda a los Estados su obligación de respetar y proteger plenamente los derechos de todas las personas a la libertad de reunión pacífica y de asociación por cualquier vía, electrónica o no, también en el contexto de unas elecciones, incluidas las personas que abracen opiniones o creencias minoritarias o disidentes, los defensores de los derechos humanos, las personas afiliadas a sindicatos y otras personas, como los migrantes, que traten de ejercer o promover esos derechos, y de adoptar todas las medidas necesarias para asegurar que cualquier restricción al libre ejercicio del derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación sea conforme con las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional de los derechos humanos.”

El Relator Especial expresa a su vez su preocupación por las alegaciones recibidas de amenazas, intimidación y agresión física contra asociaciones en las regiones del norte de Colombia. En particular, le preocupa la seguridad e integridad física y psicológica de los miembros de asociaciones que trabajan en temas relacionados con los derechos humanos y la restitución de tierras, en un contexto de creciente violencia e inseguridad que pone en especial riesgo a las mujeres en el ejercicio legítimo de su derecho a la libertad de reunión pacífica y asociación.

En este sentido, el Relator Especial quisiera insistir en la necesidad de asegurar la existencia de un ambiente seguro y propicio para la sociedad civil que permita el libre ejercicio de los derechos de asociación y reunión pacífica. Asimismo, reitera que el Estado tiene una obligación positiva de llevar a cabo medidas eficaces para hacer efectivo el disfrute de estos derechos.

El Relator Especial reitera los artículos 21 y 22 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que Colombia ratificó y se comprometió a respetar y a garantizar el 29 de Octubre de 1969, y que garantizan los derechos de reunión pacífica y asociación. En el primero “[s]e reconoce el derecho de reunión pacífica. El ejercicio de tal derecho sólo podrá estar sujeto a las restricciones previstas por la ley que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad pública o del orden público, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás”. El segundo estipula: “[t]oda persona tiene derecho a asociarse libremente con otras, incluso el derecho a fundar sindicatos y afiliarse a ellos para la protección de sus intereses. El ejercicio de tal derecho sólo podrá estar sujeto a las restricciones previstas por la ley que sean necesarias en una sociedad democrática, en interés de la seguridad nacional, de la seguridad pública o del orden público, o para proteger la salud o la moral públicas o los derechos y libertades de los demás…”

Fourth Report (March 1, 2014 to February 28, 2015)

  1. Joint urgent appeal, 12/12/2014. Case no: COL 11/2014. State reply: 21/01/2015. Alegaciones de supuestos asesinatos, amenazas y agresiones contra miembros del Sindicato SINALTRAINAL.
  2. Joint allegation letter, 11/08/2014. Case no: COL 6/2014. State reply: 30/04/2015, 14/04/2015, 08/10/2014. Presuntos asesinatos, ataques y actos de intimidación contra defensores de derechos laborales.
  3. Press release, PR 29/09/2014 (2). “Colombia: Expertos de la ONU advierten que el Proyecto de Ley sobre la jurisdicción penal militar representa un retroceso para los derechos humanos”
  4. Press release, PR 29/09/2014. “Carta abierta de titulares de mandatos de los Procedimientos Especiales del Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas al Gobierno y a los representantes del Congreso de la República de Colombia”

Observaciones

Respuestas a comunicaciones
El Relator Especial agradece las respuestas del Gobierno de Colombia a sus comunicaciones. En este sentido, agradece al Estado por su cooperación con su mandato, conforme a las resoluciones 24/5 (2013), 21/16 (2012) y 15/21 (2010) del Consejo de Derechos Humanos.

Situación de uniones sindicales
El Relator Especial toma nota de las medidas específicas contenidas en el Plan Integral de Prevención para identificar las poblaciones y zonas vulnerables y contrarrestar amenazas. A su vez, toma nota de las cifras del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses que registran una disminución de asesinatos contra sindicalistas entre 1996 y 2014. No obstante, el Relator Especial continua preocupado por la persistencia en Colombia de un patrón de asesinatos, ataques, amenazas de muerte y allanamientos en contra de sindicalistas y miembros de organizaciones que trabajan con uniones sindicales. Si bien el número de asesinatos disminuyó, los 17 asesinatos registrados por el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses en 2014, según respuesta del 21 de enero de 2015, siguen siendo alarmantes, especialmente si a ellos se suman las amenazas, ataques, intimidaciones que recortan gravemente el derecho de libre asociación. El Relator Especial recuerda la obligación positiva de los Estados Partes del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de garantizar la protección de los derechos contenidos en dicho Pacto contra violaciones por sus agentes y por personas o entidades privadas, la cual incluye el deber de adoptar las medidas adecuadas para prevenir, investigar, juzgar y sancionar a los responsables, y reparar el daño causado (CCPR/C/21/Rev.1/Add.13, párrafos 8 y 18). A su vez, advierte contra los entornos que puedan obstaculizar gravemente el disfrute de esos derechos (A/HRC/20/27, párrafo 20). Por otro lado, el Relator Especial agradece al Gobierno continuar manteniéndolo informado, en forma oportuna, del estado de las investigaciones y medidas adoptadas para garantizar los derechos de los defensores y defensoras de derechos laborales mencionados en su comunicación del 11 de agosto de 2014 (COL 6/2014).

Proyecto de Ley No. 85 de 2013 frente al Senado
El Relator Especial reitera su preocupación acerca de los intentos de extender la jurisdicción de los tribunales militares y policiales sobre crímenes tales como delitos contra el orden público que, al no estar relacionados con delitos penales y faltas disciplinarias de carácter estrictamente militar presuntamente cometidos por personal miliar o policial, deberían estar bajo la jurisdicción ordinaria. El Relator Especial solicita al Gobierno de Colombia mantenerlo informado de la situación actual del referido proyecto de ley.

Fifth Report (March 1, 2015 to February 28, 2016)

  1. Joint urgent appeal, 20/08/2015. Case no. COL 4/2015. State reply: 25/09/2015. Presuntos actos de intimidación y amenazas de muerte contra un defensor de derechos humanos.

Observaciones

Respuesta a la comunicación
El Relator Especial agradece el Gobierno de Colombia por sus respuestas a las comunicaciones del 20 de agosto de 2015 (COL 4/2015) y por su cooperación con su mandato, conforme a las resoluciones 24/5 (2013), 21/16 (2012) y 15/21 (2010) del Consejo de Derechos Humanos.

El Relator Especial leyó con atención la respuesta a los interrogantes planteados en su comunicación del 20 de agosto de 2015, y acoge positivamente las declaraciones y los pronunciamientos públicos de las autoridades a favor de la comunidad de Paz de San José de Apartadó. Asimismo, acoge positivamente el convenio establecido con la Fundación para la Libertad de Expresión y la evaluación de la queja por los hechos mencionados por la Procuraduría delegado para las Fuerzas militares.

En este contexto, pide al Gobierno de Colombia mantenerlo informado del estado de las investigaciones respecto al caso. No obstante, el Relator Especial se muestra muy preocupado por el alto nivel de impunidad que prevalece respecto a las agresiones y violaciones de los derechos de los defensores y defensoras, incluyendo asesinatos y atentados contra la vida en Colombia. El Relator Especial exhorta a las autoridades a que tomen las medidas necesarias para que estos actos sean investigados de forma pronta y adecuada, que los culpables respondan ante la justicia y que las víctimas obtengan reparación adecuada, en particular, en casos en los cuales la policía, u otros agentes estatales, resultan involucrados.

Recuerda la obligación de los Estados de garantizar un entorno propicio para el libre ejercicio del derecho de asociación; un derecho consagrado en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por Colombia el 29 de Octubre de 1969. A su vez, advierte contra los entornos que puedan obstaculizar gravemente el disfrute de los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación (A/HRC/20/27, párrafo 20).

Sixth Report (March 1, 2016 to February 28, 2017)

  1. Joint urgent appeal, Case no. COL 4/2016 State reply: 2/05/2016 Alegaciones de asesinato de un defensor de derechos humanos y del derecho a la tierra.
  2. Joint urgent appeal, Case no. COL 5/2016 State reply: 9/11/2016 Presuntos actos de intimidación y amenazas de muerte contra dos organizaciones de defensa de derechos humanos y un sindicato.
  3. Joint allegation letter, Case no. COL 6/2016 State reply: 29/08/2016, 12/10/2016 Información recibida en relación con los recientes acuerdos firmados entre el Gobierno y los representantes indígenas en el marco de la Minga Nacional Indígena y alegaciones con respecto al uso desmedido de la fuerza por agentes policiales y militares contra dirigentes indígenas.

Observaciones

Respuestas a comunicaciones
El Relator Especial agradece el Gobierno de Colombia por sus respuestas a las comunicaciones COL 4/2016, COL 5/2016, Case no. COL 6/2016.

Situación del entorno
El Relator Especial reitera su preocupación respecto de los repetidos ataques y actos de hostigamiento contra defensores y defensoras de los derechos humanos en Colombia, incluyendo defensores del medio ambiente (COL 4/2016), miembros de asociaciones indígenas (COL 6/2016), así como miembros de sindicatos (COL 5/2016).

En cuanto a las alegaciones de asesinato del Sr. William Castillo Chima, el Relator Especial toma nota de la apertura de una investigación que se encuentra en etapa de indagación. Asimismo, pide a las autoridades proporcionar los resultados de esta investigación tan pronto como sea posible. Adicionalmente, solicita a las autoridades aclarar la situación de la Sra. María Dania Arrieta Pérez y e informar sobre las medidas efectivas de protección adoptadas en su caso.

El Relator reitera sus preocupaciones acerca de la violencia que enfrentan los miembros de sindicatos en el departamento del Cauca. Adicionalmente, expresa preocupación en cuanto a la presencia de diversos grupos armados post-desmovilización, que seguirían representando una amenaza a la seguridad pública en Colombia. El Relator toma nota de la respuesta de las autoridades y de las medidas tomadas en ciertos casos pero reitera sus preocupaciones con vista al contexto general de violencia contra los defensores y los sindicatos en la región.

El Relator Especial subraya sus fuertes preocupaciones en cuanto a la alta tasa de homicidios de defensores de los derechos humanos observada durante el periodo, a pesar de la implementación del proceso de paz en Colombia. Expresa preocupación por el efecto disuasivo que puedan tener las alegaciones de homicidios, acoso y hostigamiento contra los defensores sobre el ejercicio del derecho a la libertad de opinión y expresión y la libertad de asociación de otros defensores de derechos humanos y sindicatos en el país.

En relación con las alegaciones con respecto al uso desmedido de la fuerza por agentes policiales y militares contra dirigentes indígenas, el Relator especial toma nota de la respuesta del Gobierno sobre la apertura de varias investigaciones, incluyendo pesquisas sobre la utilización de artefactos explosivos no convencionales, las lesiones y la muerte de un policía, así como otras investigaciones disciplinarias correspondientes. Sin embargo, el Relator insta al Gobierno a proporcionar los resultados de las investigaciones, en particular, sobre las muertes, lesiones y detenciones de dirigentes y miembros de pueblos indígenas.

El Relator especial recuerda la importancia de garantizar el goce libre del derecho de reunión pacífica para construir sociedades pacíficas y democráticas y que el uso de la fuerza por parte de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley debe ser excepcional y que las asambleas ordinariamente deben ser administradas sin recurrir a la fuerza. Todo uso de la fuerza debe cumplir los principios de necesidad y proporcionalidad (A / HRC / 31/66, párrafo 57).

For the full reports, containing communications, replies and observations for all countries, see the following links:

Report A/HRC/20/27/Add.3: May 1, 2011 to March 15, 2012

Report A/HRC/23/39/Add.2: March 16, 2012 to February 28, 2013

Report A/HRC/26/29/Add.1: March 1, 2013 to February 28, 2014

Report A/HRC/29/25/Add.3: March 1, 2014 to February 28, 2015

Report A/HRC/32/36/Add.3: March 1, 2015 to February 28, 2016

Report A/HRC/35/28/Add.4: March 1, 2016 to February 28, 2017

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