This page summarizes cases raised with Chile by the Special Rapporteur between May 1, 2011, (when the Special Rapporteur took up his functions) and February 28, 2017 (the date of the last public release of communications). Communications are released to the public once per year. This page also contains observations on these communications and on responses received from Chile.
Communications and observations are divided into sections based upon which observation report they originally appeared.
Each communication is referenced as urgent appeal (UA), allegation letter (AL), joint urgent appeal (JUA) and joint allegation letter (JAL) – the hyperlinks lead to these documents. This is followed by the date the communication was issued, as well as the case number and the State reply (also hyperlinked if available).
Summaries and communications are published only in the language of submission (in the case of Chile, Spanish).
Observaciones
El Relator Especial agradece la respuesta a la carta de alegación con fecha 23 de agosto de 2011 relativa a alegaciones de uso excesivo de la fuerza por parte de las fuerzas y cuerpos de la seguridad del Estado contra manifestantes. En cuanto a las comunicaciones que aún precisan respuesta, el Relator Especial quisiera invitar a sus autoridades a responder a la mayor brevedad.
En lo que concierne a su respuesta con fecha 26 de octubre de 2011, se indica que las alegaciones de uso desproporcionado de la fuerza siguen preocupando al Relator, incluyendo el caso del Sr. Daniel Pantoja Quiroz. En este sentido, el Relator Especial quisiera recordar a sus autoridades que una reunión no debe dejar de considerarse como pacífica en caso que se incurra esporádicamente a la violencia. De hecho, siempre y cuando los organizadores y participantes tengan intenciones pacíficas, las autoridades del Estado tienen la obligación de proteger a los manifestantes contra actos violentos que impidan indebidamente el ejercicio del derecho a la libertad de reunión pacífica.
El Relator Especial quiere hacer un llamamiento al Gobierno de Chile a reconsiderar seriamente el contenido del Proyecto de Ley que Fortalece el Resguardo del Orden Público, tal y como se hizo referencia en la comunicación enviada el 31 de enero de 2012.
En este sentido, se reitera el contenido del párrafo operativo 1 de la resolución 15/21 del Consejo de Derechos humanos donde se “[e]xhorta a los Estados a que respeten y protejan plenamente el derecho de todas las personas a la libertad de reunión y de asociación pacíficas, incluso en el contexto de unas elecciones, y con inclusión de las personas que abracen convicciones o creencias minoritarias o disidentes, los defensores de los derechos humanos, las personas afiliadas a sindicatos y las demás personas, incluidos los migrantes, que traten de ejercer o promover esos derechos, y a que adopten todas las medidas necesarias para asegurar que cualquier restricción del libre ejercicio del derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas sea conforme con las obligaciones que les incumben en virtud de las normas internacionales de derechos humanos”.
El Relator Especial quiere instar al Gobierno a que responda positivamente a la solicitud de visita al país. En este sentido, se reitera que el párrafo operativo 6 de la resolución 15/21 del Consejo de Derechos Humanos “[e]xhorta a los Estados a que colaboren plenamente con el relator especial y le presten asistencia en el desempeño de sus funciones, le faciliten toda la información necesaria que aquel les solicite, respondan con prontitud a los llamamientos urgentes y a otras comunicaciones que haga, y consideren favorablemente sus solicitudes para realizar visitas”.
Observaciones
El Relator Especial agradece las respuestas del Gobiernos a sus tres cartas de alegaciones enviadas durante el periodo del presente informe.
El Relator Especial toma nota con satisfacción de la decisión de las autoridades de modificar ciertos aspectos de del Proyecto de Ley que Fortalece el Resguardo del Orden Público y confía en que los aspectos de dicho proyecto que aun son problemáticos, tal y como se señala en su comunicación de fecha 2 de noviembre de 2012, sean reconsiderados con el fin de evitar restricciones indebidas del derecho a la reunión pacífica.
Asimismo, el Relator toma nota de la respuesta del Gobierno a su carta de alegaciones de 20 de mayo de 2012 en la que se dan detalles sobre la actuación de los Carabineros en la región de Aisén entre los días 14 y 21 de febrero de 2012. El Relator agradece las informaciones proporcionadas así como el compromiso de las autoridades de respetar el derecho de reunión pacífica procurando agotar todas las instancias de conversación, persuasión y contención frente a contextos de efervescencia social.
En este sentido, se reitera el contenido del párrafo operativo 1 de la Resolución 21/16 del Consejo de Derechos Humanos donde se “[r]ecuerda a los Estados su obligación de respetar y proteger plenamente los derechos de todas las personas a la libertad de reunión pacífica y de asociación por cualquier vía, electrónica o no, también en el contexto de unas elecciones, incluidos los de las personas que abracen convicciones o creencias minoritarias o disidentes, los defensores de los derechos humanos, las personas afiliadas a sindicatos y otras personas, incluidos los migrantes, que traten de ejercer o promover esos derechos, y a que adopten todas las medidas necesarias para asegurar que cualquier restricción al libre ejercicio del derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación sea conforme con las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional de los derechos humanos.”
El Relator Especial agradece la respuesta positiva de las autoridades a su solicitud de visita al país y espera que la misma tenga lugar próximamente.
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Observaciones
Respuesta a la comunicación
El Relator Especial agradece las respuestas del Gobierno de Chile a su comunicación. En este sentido, agradece al Estado por su cooperación con su mandato, conforme a las resoluciones 24/5 (2013), 21/16 (2012) y 15/21 (2010) del Consejo de Derechos Humanos.
Visita de país
El Relator Especial agradece la invitación a su mandato y la cooperación del Estado chileno a lo largo de la visita que ocurrió en el país del 21 al 30 de septiembre de 2015. Quiere destacar la cooperación ejemplar de las autoridades chilenas que contribuyeron altamente al excito de la misión. Él desea referirse a su informe de misión, que contiene sus conclusiones y recomendaciones sobre su visita (A/HRC/32/36/Add.1).
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For the full reports, containing communications, replies and observations for all countries, see the following links:
Report A/HRC/20/27/Add.3: May 1, 2011 to March 15, 2012
Report A/HRC/23/39/Add.2: March 16, 2012 to February 28, 2013
Report A/HRC/26/29/Add.1: March 1, 2013 to February 28, 2014
Report A/HRC/29/25/Add.3: March 1, 2014 to February 28, 2015
Report A/HRC/32/36/Add.3: March 1, 2015 to February 28, 2016
Report A/HRC/35/28/Add.4: March 1, 2016 to February 28, 2017