Communications
report
Feb. 28, 2017

Argentina Communications: May 1, 2011 to February 28, 2017

Argentina_flag-6This page summarizes cases raised with Argentina by the Special Rapporteur between May 1, 2011, (when the Special Rapporteur took up his functions) and February 28, 2017 (the date of the last public release of communications). Communications are released to the public once per year. This page also contains observations on these communications and on responses received from Argentina.

Communications and observations are divided into sections based upon which observation report they originally appeared.

Each communication is referenced as urgent appeal (UA), allegation letter (AL), joint urgent appeal (JUA) and joint allegation letter (JAL) – the hyperlinks lead to these documents. This is followed by the date the communication was issued, as well as the case number and the State reply (also hyperlinked if available).

Summaries and communications are published only in the language of submission (in the case of Argentina, Spanish).

First Report (May 1, 2011 to March 15, 2012)

None

Second Report (March 16, 2012 to February 28, 2013)

None

Third Report (March 1, 2013 to February 28, 2014)

  1. Joint urgent appeal, 20/12/2013. Case no. ARG 6/2013. State replies: 21/12/2013, 28/01/2014, 07/02/2014, 10/03/2014, 10/03/2014, 26/03/2014. Alegaciones de ataques físicos contra familiares de un defensor de derechos humanos y miembro de una comunidad indígena.

Observaciones
El Relator Especial agradece las respuestas detalladas del Gobierno de Argentina al llamamiento urgente con fecha del 20 de diciembre de 2013. Las respuestas del Gobierno incluían una serie de documentos adjuntos que no se han hecho públicos dada la información contenida en los mismos. El Relator Especial los examinó con particular atención, en especial el Protocolo de Intervención de las Fuerzas de Seguridad y Policiales concurrentes en jurisdicción de la Comunidad Indígena Qom Navogoh “La Primavera”.

El Relator Especial solicita al Gobierno mantenerlo informado del cumplimiento de las medidas cautelares para garantizar la vida y la integridad física de los miembros de la comunidad indígena Qom Navogoh “La Primavera” contra posibles amenazas, agresiones u hostigamientos por miembros de Agentes Estatales, y reitera el contenido del párrafo operativo 2 de la Resolución 24/5 del Consejo de Derechos Humanos donde se “[r]ecuerda a los Estados su obligación de respetar y proteger plenamente los derechos de todas las personas a la libertad de reunión pacífica y de asociación por cualquier vía, electrónica o no, también en el contexto de unas elecciones, incluidas las personas que abracen opiniones o creencias minoritarias o disidentes, los defensores de los derechos humanos, las personas afiliadas a sindicatos y otras personas, como los migrantes, que traten de ejercer o promover esos derechos, y de adoptar todas las medidas necesarias para asegurar que cualquier restricción al libre ejercicio del derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación sea conforme con las obligaciones que les incumben en virtud del derecho internacional de los derechos humanos.”

Fourth Report (March 1, 2014 to February 28, 2015)

  1. Joint allegation letter, 20/02/2015. Case no: ARG 1/2015. State reply: 30/04/2015. Alegaciones relativas a interferencias entorno a la investigación de la muerte de un fiscal, a intentos de cercenamiento del ejercicio de los derechos a la libertad de expresión y de reunión pacifica de fiscales y jueces, y a amenazas de muerte y represalias en contra de un Juez.

Observaciones

Respuestas a comunicaciones
El Relator Especial agradece la respuesta detallada del Gobierno de Argentina, incluido sus extensos expedientes, del 30 de abril de 2015, que examinó con particular atención. En este sentido, agradece al Estado por su cooperación con su mandato, conforme a las resoluciones 24/5 (2013), 21/16 (2012) y 15/21 (2010) del Consejo de Derechos Humanos.

Marcha del 18F
El Relator Especial toma nota de la información ofrecida por el Gobierno en la cual se aclara que la marcha en Buenos aires del 18 de febrero de 2015 convocada por los fiscales argentinos en homenaje al fiscal Sr. Alberto Nisman se desarrolló de forma pacífica y sin interferencias.

Recuerda la obligación de los Estados de garantizar un entorno propicio para el libre ejercicio del derecho de reunión pacífica; un derecho consagrado en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, ratificado por Argentina el 8 de agosto de 1986.

Fifth Report (March 1, 2015 to February 28, 2016)

None

Sixth Report (March 1, 2016 to February 28, 2017)

None

For the full reports, containing communications, replies and observations for all countries, see the following links:

Report A/HRC/20/27/Add.3: May 1, 2011 to March 15, 2012

Report A/HRC/23/39/Add.2: March 16, 2012 to February 28, 2013

Report A/HRC/26/29/Add.1: March 1, 2013 to February 28, 2014

Report A/HRC/29/25/Add.3: March 1, 2014 to February 28, 2015

Report A/HRC/32/36/Add.3: March 1, 2015 to February 28, 2016

Report A/HRC/35/28/Add.4: March 1, 2016 to February 28, 2017

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