- Former UN Special Rapporteur on the rights to freedom of peaceful assembly and of association (2011-17) - http://freeassembly.net/es -

13. La manera en que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley gestionan las reuniones


  1. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafos 37-49; Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Primer Informe Temático del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, Maina Kiai. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/20/27 de 21 de mayo de 2012, párrafos 26-28; Praded contra Belarús, Comité de Derechos Humanos; Dictamen de 29 de noviembre de 2014. Documento de las Naciones Unidas CCPR/C/112/D/2029/2011, párrafo 7.8.
  2. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Resolución 25/38 sobre la promoción y protección de los derechos humanos en el contexto de las manifestaciones pacíficas. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/RES/25/38. 11 de abril de 2014; párrafo 4.
  3. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 40.
  4. CIDH: Informe sobre seguridad ciudadana y derechos humanos. OEA/Ser.L/V/II, Documento 57. 31 de diciembre de 2009; párrafo 193.
  5. Novikova y otros contra Rusia. TEDH. Sentencia de 26 de abril de 2016; párrafo 171; véase también Oya Ataman contra Turquía. TEDH. Sentencia de 5 de diciembre de 2006; párrafo 39.
  6. CIDH: Informe anual 2015. 17 de marzo de 2016. Capítulo IV-A; párrafo 66.
  7. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 49.
  8. Gillan y Quinton contra el Reino Unido. TEDH. Sentencia de 12 de enero de 2010; párrafos 80-83. Hay una traducción no oficial a español en este enlace.
  9. Gillan y Quinton contra el Reino Unido. TEDH. Sentencia de 12 de enero de 2010; párrafo 85. Hay una traducción no oficial a español en este enlace.
  10. Véase, por ejemplo, Djavit An contra Turquía. TEDH. Sentencia de 20 de febrero de 2003 (las autoridades turcas y turcochipriotas impidieron que el demandante visitara la «Línea Verde» o el sur de la isla de Chipre para participar en reuniones entre las comunidades turcochipriota y grecochipriota); Schwabe y M.G. contra Alemania. TEDH. Sentencia de 1 de diciembre de 2011 (los demandantes fueron detenidos cuando iban a una manifestación a cuyo respecto la Policía temía que hubiera terrorismo o asonadas, porque cargaban banderas que llevaban la inscripción «Libertad para todos los prisioneros» y «Libérenlos a todos ya»; y fueron retenidos durante casi seis días a fin de evitar que incitaran a otros a pedir que se liberaran prisioneros); Huseynli y otros contra Azerbaiyán. TEDH. Sentencia de 11 de febrero de 2016 (los demandantes fueron arrestados durante dos días, antes de que se diera una manifestación, y rápidamente fueron condenados, por motivos arbitrarios, a siete días de detención administrativa, a fin de impedir que participaran en la manifestación y castigarlos por haber participado en protestas de la oposición); Eğitim ve Bilim Emekçilleri Sendikasi contra Turquía. TEDH. Sentencia de 5 de julio de 2016 (los demandantes fueron detenidos en una carretera, cuando iban en camino a participar en una manifestación en pro de la educación gratuita y de calidad; y fueron retenidos allí por varias horas); Kaspárov contra Rusia. TEDH. Sentencia de 11 de octubre de 2016 (el boleto de avión del demandante fue retenido para su «examen forense», lo que le impidió llegar a una concentración de la oposición).
  11. Kaspárov contra Rusia. TEDH. Sentencia de 11 de octubre de 2016; párrafo 66.
  12. Eğitim ve Bilim Emekçilleri Sendikasi contra Turquía. TEDH. Sentencia de 5 de julio de 2016; párrafos 106-109.
  13. Ziliberberg contra Moldavia. TEDH. Decisión del 4 de mayo de 2004, párrafo 2; Frumkin contra Rusia. TEDH. Sentencia del 5 de enero de 2016; párrafo 99; Primov y otros contra Rusia. TEDH. Sentencia de 12 de junio de 2014; párrafo 155.
  14. Véanse Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Segundo informe temático del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, Maina Kiai. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/23/39. 24 de abril de 2013; párrafo 70; OSCE/OIDDH y Comisión de Venecia: Directrices sobre la libertad de reunión pacífica (Guidelines on Freedom of Peaceful Assembly). Segunda edición, 2010. Notas explicativas; párrafo 46; CADHP, Directrices para la Libertad de Reunión y Asociación en África, 2017, párrafo 76 y 94; CADHP: Informe del Grupo de Estudio de las Libertades de Asociación y Reunión en África, 2014; página 65; párrafo 24.
  15. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 61.
  16. OSCE/OIDDH y Comisión de Venecia: Directrices sobre la libertad de reunión pacífica (Guidelines on Freedom of Peaceful Assembly). Segunda edición, 2010. Notas explicativas; párrafo 154.
  17. CADHP, Directrices para la Libertad de Reunión y Asociación en África, 2017, párrafo 94; CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 22.3.
  18. OSCE/OIDDH y Comisión de Venecia: Directrices sobre la libertad de reunión pacífica (Guidelines on Freedom of Peaceful Assembly). Segunda edición, 2010. Notas explicativas; párrafo 154.
  19. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 61.
  20. OSCE/OIDDH y Comisión de Venecia: Directrices sobre la libertad de reunión pacífica (Guidelines on Freedom of Peaceful Assembly). Segunda edición, 2010. Notas explicativas; párrafos 155-156.
  21. CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 22.1; CADHP, Directrices para la Libertad de Reunión y Asociación en África, 2017, párrafo 94; CADHP: Informe del Grupo de Estudio de las Libertades de Asociación y Reunión Pacífica en África, 2014. Página 65; párrafo 39.
  22. CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 22.3.
  23. CIDH: Informe anual 2015. 17 de marzo de 2016. Capítulo IV-A; párrafo 67.
  24. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 61.
  25. CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 22.3.
  26. Primov y otros contra Rusia. TEDH. Sentencia de 12 de junio de 2014; párrafo 155.
  27. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 62.
  28. R. B. contra Hungría. TEDH. Sentencia de 12 de abril de 2016; párrafo 99. Véase también Király y Dömötör contra Hungría. TEDH. Sentencia de 17 de enero de 2017; párrafo 64.
  29. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 61.
  30. OSCE/OIDDH y Comisión de Venecia: Directrices sobre la libertad de reunión pacífica (Guidelines on Freedom of Peaceful Assembly). Segunda edición, 2010. Notas explicativas; párrafo 165.
  31. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 63; CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 22.5.
  32. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 63; CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 22.4; OSCE/OIDDH y Comisión de Venecia: Directrices sobre la libertad de reunión pacífica (Guidelines on Freedom of Peaceful Assembly). Segunda edición, 2010. Notas explicativas; párrafo 168.
  33. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 45; CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 23.3; OSCE/OIDDH y Comisión de Venecia: Directrices sobre la libertad de reunión pacífica (Guidelines on Freedom of Peaceful Assembly). Segunda edición, 2010. Notas explicativas; párrafo 161.
  34. Servellón García y otros contra Honduras. Corte IDH. Sentencia de 21 de septiembre de 2006; párrafo 93.
  35. Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (adoptado en el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana [Cuba] del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990. Documento de las Naciones Unidas A/CONF.144/28/Rev.1 at 112; principio décimo tercero.
  36. CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 22.2.
  37. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Resolución 25/38 sobre la promoción y protección de los derechos humanos en el contexto de las manifestaciones pacíficas. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/RES/25/38. 11 de abril de 2014; párrafo 10.
  38. CIDH: Informe anual 2015. 17 de marzo de 2016. Capítulo IV-A; párrafo 81.
  39. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 60; CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 22.6; CIDH: Informe anual 2015. 17 de marzo de 2016. Capítulo IV-A; párrafo 82.
  40. OSCE/OIDDH y Comisión de Venecia: Directrices sobre la libertad de reunión pacífica (Guidelines on Freedom of Peaceful Assembly). Segunda edición, 2010. Notas explicativas; párrafo 168.
  41. CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 22.7.
  42. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Resolución 25/38 sobre la promoción y protección de los derechos humanos en el contexto de las manifestaciones pacíficas. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/RES/25/38. 11 de abril de 2014; párrafo 5.
  43. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 38.
  44. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 39.
  45. CIDH: Informe sobre la situación de las defensoras y defensores de los derechos humanos en las Américas. OEA/Ser.L/V/II.124 Doc. 5 Rev 1. 7 de marzo de 2006; párrafo 68.
  46. CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 13.1.
  47. CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 13.2.
  48. OSCE/OIDDH y Comisión de Venecia: Directrices sobre la Libertad de Reunión Pacífica (Guidelines on Freedom of Peaceful Assembly). Segunda edición, 2010. Notas explicativas; párrafos 149-150.
  49. OSCE/OIDDH y Comisión de Venecia: Directrices sobre la Libertad de Reunión Pacífica (Guidelines on Freedom of Peaceful Assembly). Segunda edición, 2010. Directriz 5.4.
  50. Frumkin contra Rusia. TEDH. Sentencia del 5 de enero de 2016; párrafo 129.
  51. Frumkin contra Rusia. TEDH. Sentencia del 5 de enero de 2016; párrafos 128-129.
  52. Frumkin contra Rusia. TEDH. Sentencia del 5 de enero de 2016; párrafo 118.
  53. Frumkin contra Rusia. TEDH. Sentencia del 5 de enero de 2016; párrafos 126-128.
  54. Frumkin contra Rusia. TEDH. Sentencia del 5 de enero de 2016; párrafos 129-130.
  55. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 42.
  56. Ízci contra Turquía. TEDH. Sentencia de 23 de julio de 2013; párrafo 99.
  57. Giuliani y Gaggio contra Italia. TEDH. Sentencia de la Gran Sala de 24 de marzo de 2011; párrafo 250. Hay una versión no oficial en español en este enlace.
  58. Zambrano Vélez y otros contra Ecuador. Corte IDH. Sentencia de 4 de julio de 2007 (fondo, reparaciones y costos); párrafo 87.
  59. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafos 38, 42, 49, 52, 55, 66 y 67.
  60. CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 7.
  61. CIDH: Informe sobre la situación de las defensoras y defensores de los derechos humanos en las Américas. OEA/Ser.L/V/II.124 Doc. 5 Rev 1. 7 de marzo de 2006; párrafo 141.
  62. OSCE/OIDDH y Comisión de Venecia: Directrices sobre la Libertad de Reunión Pacífica (Guidelines on Freedom of Peaceful Assembly). Segunda edición. 2010. Notas explicativas; párrafos 147-148.
  63. Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (adoptado en el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana [Cuba] del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990. Documento de las Naciones Unidas A/CONF.144/28/Rev.1 at 112; principios 18-21.
  64. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Resolución 25/38 sobre la promoción y protección de los derechos humanos en el contexto de las manifestaciones pacíficas. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/RES/25/38. 11 de abril de 2014; párrafo 13.
  65. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 50.
  66. Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (adoptado en el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana [Cuba] del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990. Documento de las Naciones Unidas A/CONF.144/28/Rev.1 at 112; principio 1; Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 51; CIDH: Segundo informe sobre la situación de las defensoras y los defensores de derechos humanos en las Américas. OEA/Ser.L/V/II, documento 66.31, diciembre de 2011; párrafo 141; CIDH: Informe anual 2015. 17 de marzo de 2016. Capítulo IV-A; párrafos 7-8; OSCE/OIDDH y Comisión de Venecia: Directrices sobre la libertad de reunión pacífica (Guidelines on Freedom of Peaceful Assembly). Segunda edición, 2010. Directriz 5.5 y notas explicativas; párrafos 171-178.
  67. CIDH: Segundo informe sobre la situación de las defensoras y los defensores de derechos humanos en las Américas. OEA/Ser.L/V/II, documento 66.31, diciembre de 2011; párrafo 141; Véase también Zambrano Vélez y otros contra Ecuador. Corte IDH. Sentencia de 4 de julio de 2007 (fondo, reparaciones y costos); párrafo 86.
  68. Giuliani y Gaggio contra Italia. TEDH. Sentencia de la Gran Sala de 24 de marzo de 2011; párrafo 250. Hay una versión no oficial en español en este enlace.
  69. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 52.
  70. Simşek y otros contra Turquía. TEDH. Sentencia de 26 de julio de 2005; párrafo 106.
  71. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 37.
  72. Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (adoptado en el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana [Cuba] del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990. Documento de las Naciones Unidas A/CONF.144/28/Rev.1 at 112; principio 2; Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafos 52-55; Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Resolución 25/38 sobre la promoción y protección de los derechos humanos en el contexto de las manifestaciones pacíficas. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/RES/25/38. 11 de abril de 2014; párrafo 14; CIDH: Segundo informe sobre la situación de las defensoras y los defensores de derechos humanos en las Américas. OEA/Ser.L/V/II, documento 66.31, diciembre de 2011; párrafo 143; CIDH: Informe anual 2015. 17 de marzo de 2016. Capítulo IV-A; párrafo 15; OSCE/OIDDH y Comisión de Venecia: Directrices sobre la libertad de reunión pacífica (Guidelines on Freedom of Peaceful Assembly). Segunda edición, 2010. Directriz 5.5 y notas explicativas; párrafo 172.
  73. Simşek y otros contra Turquía. TEDH. Sentencia de 26 de julio de 2005; párrafos 110-112. Véase también Güleç contra Turquía. TEDH. Sentencia de 27 de julio de 1998; párrafo 71. Hay una traducción no oficial a español de este caso en este enlace, de donde proviene esta cita: «Los policías utilizaron un arma muy potente porque aparentemente no disponían ni de porras y escudos, ni de cañones de agua, balas de goma o gases lacrimógenos. Esta carencia resulta especialmente incomprensible e inaceptable si se tiene en cuenta que la provincia de Şirnak se encuentra, tal como indica el gobierno turco, en una región en estado de emergencia, en la que, en la época en la que ocurrieron los hechos, era previsible que hubiera problemas».
  74. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe del Relator Especial de las Naciones Unidas sobre su misión a la República de Corea. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/32/36/Add.2; párrafo 31.
  75. CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 14.2.
  76. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 57.
  77. Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (adoptado en el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana [Cuba] del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990. Documento de las Naciones Unidas A/CONF.144/28/Rev.1 at 112; principio 4.
  78. Zambrano Vélez y otros contra Ecuador. Corte IDH. Sentencia de 4 de julio de 2007 (fondo, reparaciones y costos); párrafo 83.
  79. CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 21.1.2.
  80. Véanse, por ejemplo, Pekaslan y otros contra Turquía, TEDH. Sentencia de 20 de marzo de 2012; párrafo 81; e Ízci contra Turquía. TEDH. Sentencia de 23 de julio de 2013; párrafo 55.
  81. CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 21.1.2.
  82. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 58.
  83. Hermanos Landaeta Mejías y otros contra Venezuela. Corte IDH. Sentencia de 27 de agosto de 2014; párrafo 136.
  84. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Resolución 25/38 sobre la promoción y protección de los derechos humanos en el contexto de las manifestaciones pacíficas. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/RES/25/38. 11 de abril de 2014; párrafos 10 y 11.
  85. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 60.
  86. CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 21.1.4.
  87. CIDH: Informe sobre seguridad ciudadana y derechos humanos. OEA/SER.L/V/II, Documento 57. 31 de diciembre de 2009; párrafo 118.
  88. Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (adoptado en el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana [Cuba] del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990. Documento de las Naciones Unidas A/CONF.144/28/Rev.1 at 112; principio 10.
  89. Giuliani y Gaggio contra Italia. TEDH. Sentencia de la Gran Sala de 24 de marzo de 2011; párrafo 176. Hay una versión no oficial en español en este enlace.
  90. Giuliani y Gaggio contra Italia. TEDH. Sentencia de la Gran Sala de 24 de marzo de 2011; párrafo 249. Hay una versión no oficial en español en este enlace.
  91. Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (adoptado en el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana [Cuba] del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990. Documento de las Naciones Unidas A/CONF.144/28/Rev.1 at 112; principio 1.
  92. Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (adoptado en el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana [Cuba] del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990. Documento de las Naciones Unidas A/CONF.144/28/Rev.1 at 112; principio 18.
  93. Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (adoptado en el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana [Cuba] del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990. Documento de las Naciones Unidas A/CONF.144/28/Rev.1 at 112; principio 2; Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafos 52-55; Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Resolución 25/38 sobre la promoción y protección de los derechos humanos en el contexto de las manifestaciones pacíficas. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/RES/25/38. 11 de abril de 2014; párrafo 14; CIDH: Segundo informe sobre la situación de las defensoras y los defensores de derechos humanos en las Américas. OEA/Ser.L/V/II, documento 66.31, diciembre de 2011; párrafo 143; CIDH: Informe anual 2015. 17 de marzo de 2016. Capítulo IV-A; párrafo 15; OSCE/OIDDH y Comisión de Venecia: Directrices sobre la libertad de reunión pacífica (Guidelines on Freedom of Peaceful Assembly). Segunda edición, 2010. Directriz 5.5 y notas explicativas; párrafo 172.
  94. . Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 67(e).
  95. CIDH: Informe anual 2015. 17 de marzo de 2016. Capítulo IV-A; párrafo 82.
  96. Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (adoptado en el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana [Cuba] del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990. Documento de las Naciones Unidas A/CONF.144/28/Rev.1 at 112; principio 18; CIDH: Informe sobre seguridad ciudadana y derechos humanos. OEA/SER.L/V/II, Documento 57. 31 de diciembre de 2009; párrafo 118; CIDH: Informe anual 2015. 17 de marzo de 2016. Capítulo IV-A; párrafo 81; CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 21.1.4.
  97. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 60; CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 22.6; CIDH: Informe anual 2015. 17 de marzo de 2016. Capítulo IV-A; párrafo 82.
  98. Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (adoptado en el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana [Cuba] del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990. Documento de las Naciones Unidas A/CONF.144/28/Rev.1 at 112; principio 11(d).
  99. .CIDH: Informe anual 2015. 17 de marzo de 2016. Capítulo IV-A; párrafo 227.
  100. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 65.
  101. Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (adoptado en el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana [Cuba] del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990. Documento de las Naciones Unidas A/CONF.144/28/Rev.1 at 112; principio 11(f); CIDH: Informe sobre seguridad ciudadana y derechos humanos. OEA/SER.L/V/II, Documento 57. 31 de diciembre de 2009; párrafo 119; CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 24.4.
  102. Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (adoptado en el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana [Cuba] del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990. Documento de las Naciones Unidas A/CONF.144/28/Rev.1 at 112; principio 2; Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 55; CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 21.3.1; CIDH: Informe anual 2015. 17 de marzo de 2016. Capítulo IV-A; párrafo 15; OSCE/OIDDH y Comisión de Venecia: Directrices sobre la libertad de reunión pacífica (Guidelines on Freedom of Peaceful Assembly). Segunda edición, 2010. Directriz 5.5.
  103. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Resolución 25/38 sobre la promoción y protección de los derechos humanos en el contexto de las manifestaciones pacíficas. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/RES/25/38. 11 de abril de 2014; párrafo 15; Principios básicos sobre el empleo de la fuerza y de armas de fuego por los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley (adoptado en el Octavo Congreso de las Naciones Unidas sobre Prevención del Delito y Tratamiento del Delincuente, celebrado en La Habana [Cuba] del 27 de agosto al 7 de septiembre de 1990. Documento de las Naciones Unidas A/CONF.144/28/Rev.1 at 112; principio 3; Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 55; CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 21.3.1; CIDH: Informe anual 2015. 17 de marzo de 2016. Capítulo IV-A; párrafo 84.
  104. .Abdullah Yaşa y otros contra Turquía. TEDH. Sentencia de 16 de julio de 2013; párrafos 49-51 . Véase también Ataykaya contra Turquía. TEDH. Sentencia de 22 de julio de 2014; párrafo 57.
  105. . CIDH: Informe anual 2015. 17 de marzo de 2016. Capítulo IV-A; párrafo 16.
  106. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Primer Informe Temático del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación, Maina Kiai. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/20/27 de 21 de mayo de 2012, párrafo 35.
  107. Véanse, entre otros, Ali Güneş contra Turquía. TEDH. Sentencia de 10 de abril de 2012; Abdullah Yaşa y otros contra Turquía. TEDH. Sentencia de 16 de julio de 2013; Ízci contra Turquía. TEDH. Sentencia de 23 de julio de 2013 ; Ataykaya contra Turquía. TEDH. Sentencia de 22 de julio de 2014.
  108. .Abdullah Yaşa y otros contra Turquía. TEDH. Sentencia de 16 de julio de 2013; párrafo 43.
  109. .Abdullah Yaşa y otros contra Turquía. TEDH. Sentencia de 16 de julio de 2013; párrafos 48. Véase también Ataykaya contra Turquía. TEDH. Sentencia de 22 de julio de 2014; párrafo 56.
  110. Ízci contra Turquía. TEDH. Sentencia de 23 de julio de 2013; párrafo 60.
  111. Ali Güneş contra Turquía. TEDH. Sentencia de 10 de abril de 2012; párrafo 41.
  112. Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes: Informe para el Gobierno de Bosnia Herzegovina al respecto de la visita del Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes a ese país del 19 de marzo al 30 de marzo de 2007. CPT/Inf/(2009) 25; 14 de octubre de 2009; párrafo 79.
  113. Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas: Informe conjunto del Relator Especial sobre los derechos a la libertad de reunión pacífica y de asociación y el Relator Especial sobre las ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias acerca de la gestión adecuada de las manifestaciones. Documento de las Naciones Unidas A/HRC/31/66. 4 de febrero de 2016; párrafo 65.
  114. CADHP: Directrices para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en materia del mantenimiento del orden en reuniones en África. 4 de marzo de 2017. Párrafo 14.1.
  115. CIDH: Informe sobre la situación de las defensoras y defensores de los derechos humanos en las Américas. OEA/Ser.L/V/II.124 Doc. 5 Rev 1. 7 de marzo de 2006; párrafo 68.
  116. OSCE/OIDDH y Comisión de Venecia: Directrices sobre la libertad de reunión pacífica (Guidelines on Freedom of Peaceful Assembly). Segunda edición, 2010. Directriz 5.5 y notas explicativas; párrafo 153.
  117. Ataykaya contra Turquía. TEDH. Sentencia de 22 de julio de 2014; párrafos 52-54 (se omiten las referencias); véase también Cestaro contra Italia. TEDH. Sentencia de 7 de abril de 2015; párrafo 217.
  118. Ataykaya contra Turquía. TEDH. Sentencia de 22 de julio de 2014; párrafos 52-54 (se omiten las referencias).